jueves, 22 de julio de 2010

La Licitación

Con la finalidad de garantizar el manejo adecuado pero sobre todo transparente de los recursos públicos; la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 establece las bases bajo las cuales el Gobierno podrá realizar contratos.


 

En ese sentido y para garantizar que los contratos administrativos de suministro que se realicen sean en las mejores condiciones para el Estado tanto en precio como en calidad, es que se establece la licitación como el medio para la elección del proveedor.


 

La licitación es una etapa dentro del proceso de contratación por medio del cual el Estado o más bien el Gobierno elegirán entre distintas propuestas, la que se considere mejor.


 

Dicho procedimiento está encaminado a que la elección de los proveedores sea lo más imparcial posible.


 

La licitación podrá ser en primer término abierta o cerrada (pública o privada). Será abierta cuando cualquier persona pueda participar para ofrecer el bien o el servicio que es requerido por el Gobierno.


 

Aunque hay que señalar que la posibilidad de que una persona pueda participar de alguna forma requiere que se acredite la posibilidad de poder proporcionar dicho bien o servicio, es decir, que se tenga la capacidad técnica, material y económica que el Gobierno no tiene para realizar el objeto del contrato.


 

Una licitación cerrada o el procedimiento de invitación restringida que encontramos previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; implican que el procedimiento solo se realizara con determinadas personas, las cuales anteriormente ya mostraron que tienen la capacidad de cubrir los requerimientos gubernamentales.


 

Respecto de este punto, es de destacarse el papel que puede tener el registro de proveedores que puede llegar a tener cada Dependencia, Entidad u Organismo de Gobierno, en el que se supone estarán inscritas aquellas empresas o personas que han demostrado que cuentan con los precios; calidad y hasta los bienes que son requeridos.


 

En segundo término podemos señalar que la licitación podrá ser nacional o internacional; criterio que se aplica en atención al lugar de origen de las personas que podrán presentar sus propuestas en el proceso licitatorio.


 

El procedimiento de licitación iniciará en el caso de México, al menos al exterior de la Administración Pública, con la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.


 

Dicha publicación, que hará las veces de requerimiento de insumos, es seguida por la publicación de las bases; que son las reglas particulares del proceso de contratación, en donde se contienen las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir.


 

Toda vez que para ser considerado en la evaluación de las propuestas el licitante debe acreditar haber adquirido las Bases, las cuales tendrán un costo; un requisito que debe cumplir el participante será precisamente comprobar la adquisición de las Bases.


 

En las bases se podrá estipular la realización de una sesión en donde la convocante podrá resolver dudas de los licitantes.


 

Si bien la actual normatividad prevé un solo acto para analizar las propuestas que se le presentan, en la práctica podemos señalar que la revisión tiene tres aspectos.


 

Podemos considerar la existencia de una revisión administrativa; relativa al carácter y condiciones de los licitantes, es decir, podremos revisar si son nacionales, si están legalmente constituidos, si cuentan con experiencia y si legalmente pueden participar, lo cual implica entre otras cosas que no hayan sido inhabilitados para presentar propuestas y para contratar.


 

Además, se realizarán revisiones técnicas y económicas; en la primera se verificará que la propuesta cumpla con todas y cada una de las condiciones que fueron fijadas en las Bases, realizándose sobre condiciones como peso, medida, capacidad, volumen, etc.


 

En tanto que la revisión económica consistirá en verificar las condiciones del precio o costo del bien o producto que se ofrece por los licitantes.


 

Es de señalar que el precio que se elija tiene que ser acorde con la suficiencia presupuestal que tenga el Gobierno, por lo cual tanto en la convocatoria así como en las Bases se debe indicar cuál será el precio que se pretende pagar y que servirá de base para la elaboración de las propuestas económicas.


 

La mejor propuesta en precio y calidad deberá ser declarada ganadora del procedimiento.


 

En caso de que ninguna de las propuestas se acerque a los requerimientos gubernamentales el procedimiento de licitación podrá ser declarado desierto.


 

Con el ganador deberá de formalizarse el contrato administrativo, acto con el cual formalmente terminaría el procedimiento de licitación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario