domingo, 22 de febrero de 2009

La importancia del Derecho Administrativo.

Si realizamos un análisis de las diversas actividades que realiza el hombre en su vida diaria, vamos a encontrar que ninguna de ellas está exenta de regulación por una norma jurídica, ya sea una ley, un reglamento o un acuerdo.

Esa situación se debe principalmente al hecho de que el Estado, a través del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública (centralizada o descentralizada), debe aplicar y vigilar que se apliquen las disposiciones encaminadas a la consecución del bien común, para lo cual es primordial que se logre la conservación del orden público, así como de la paz y tranquilidad pública.

De lo anterior se desprenden dos cuestiones importantes; en primer término el papel que tiene el Derecho como instrumento regulador de la conducta del hombre en sociedad; y en segundo término el papel preponderante que tiene el Derecho Administrativo.

El papel preponderante del Derecho Administrativo como regulador de la vida del hombre en sociedad, es resultado del contenido del mismo, así como de la diversidad de actividades que pueden ser ubicadas dentro del mismo, lo que ha generado que algunas ramas del mismos hayan cobrado autonomía, como lo es el Derecho Fiscal, el Derecho Financiero, el Derecho Militar o el Derecho Agrario, por mencionar algunos.

Acerca de la complejidad del Derecho Administrativo, debemos recordar que el mismo ha sido definido de diversas formas, dependiendo del autor que lo haga, pero podemos estar de acuerdo, en que forma parte del Derecho Público, toda vez que sus disposiciones regulan las relaciones que se presentan entre los particulares y el Estado, las cuales se dan en un plano de supra-subordinación, y si bien sus disposiciones pueden regular relaciones entre particulares en un plano de igualdad sus deberes los impone el Estado y no se deben a un acto volitivo; además de que el incumplimiento de dichos deberes podrá dar lugar a la imposición de una sanción por parte de la Autoridad Administrativa.

En ese sentido el Derecho Administrativo, regula en primer término las relaciones de los particulares con el Estado, principalmente con la Administración Pública, que se trata de esa parte del Gobierno de un Estado que se encarga de aplicar las leyes y verificar que se cumplan.

Además de lo anterior, el Derecho Administrativo establece cuales serán los procedimientos y las formas en las que deberán de darse esas relaciones Estado- Particular, lo cual encontramos establecido principalmente en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y en las disposiciones relativas al procedimiento administrativo y a la consecuencia del mismo, el Acto Administrativo.

Por último el Derecho Administrativo también deberá de establecer cuales serán los medios por los que el particular podrá inconformarse contra las determinaciones de la autoridad administrativa, sin tener que llegar a entablar en sentido estricto una controversia jurisdiccional, es decir, las normas relativas a los recursos administrativos y quizá desde una perspectiva muy amplia, al contencioso administrativo, ya que por no llevarse en un órgano formalmente no jurisdiccional, a pesar de que su función es de carácter jurisdiccional, se le incluye dentro de las disposiciones del Derecho Administrativo.

Por Derecho Administrativo, podemos entender aquella rama del Derecho Público de un país que se encargada de regular la actividad del Estado, sobre todo del Poder Ejecutivo, así como de los organismos que le ayudan a dar cumplimiento a sus atribuciones, sobre todo si recordamos que en el caso de México, el Poder Ejecutivo es unipersonal, y que se encuentra identificado en la figura del Presidente de la República.

Pero también por mandato constitucional, el Presidente de la República se auxilia para el cumplimiento de sus atribuciones de la Administración Pública, la cual en términos del artículo 90 podrá ser Centralizada (Dependencias o Secretarías) y Paraestatal (Organismos descentralizados, Fidecomisos Públicos, Empresas de Participación Estatal, Instituciones Nacionales de Crédito, Organizaciones Auxiliares Nacionales de Crédito e Instituciones Nacionales de Seguros y Fianzas; de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal).

Ante ese cúmulo de organismos estatales, nos podemos percatar que entre ellos cubren toda una serie de actividades, por supuesto principalmente los servicios públicos,

En razón de lo anterior, y toda vez que el Estado, a través de la Administración Pública, tendrá un carácter de policía, en el sentido de que será el vigilante de las actividades que desarrollan los particulares y de la legalidad de las mismas, es importante realizar su estudio, ya que de esa forma sabremos cuales son los derechos, pero también las obligaciones y las limitantes para el ejercicio de un derecho.

Como ejemplo, podemos referirnos al comercio, ya que para establecer un local comercial, se requiere presentar ante las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal o las autoridades municipales la solicitud correspondiente y obtener en su caso una licencia para establecimiento mercantil; asimismo los productos que se vayan a comercializar deberán de haber sido aprobados por la autoridad, ya sea económica o en su caso sanitaria.

De igual forma cuando vamos al cine, dicho local debe cumplir con ciertos requerimientos en materia de protección civil, y aún las películas que se vayan a proyectar deben haber sido aprobadas, o por lo menos en términos actuales, clasificadas, misión que en México corresponde a la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, de conformidad con el artículo 27, fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y artículo 25, fracciones I, VIII y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

Por lo tanto en el ejercicio de sus atribuciones la Administración Pública, deberá de apegarse a las obligaciones que la imponga le ley, de conformidad con el Principio de Legalidad que constriñe las actuaciones de la Autoridad.
De ahí que resulte importante no solamente para el abogado, sino también para los particulares, que conozcan un poco de Derecho Administrativo; en el caso de los últimos, por lo menos respecto a las disposiciones y autoridades que regulen la actividad que vayan a desempeñar de forma cotidiana.

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